Son cuatro días fijos en el año en los que la mayoría de los chilenos puede acceder a este beneficio. Sin embargo, se debe estar atento a los festivos que se incorporen al calendario, como por ejemplo el día de elecciones.
Según el calendario son trece los días que quedan en rojo para el 2017 y seis de ellos caen en la categoría de feriados irrenunciables para el comercio. Si bien, sólo deben cerrar sus puertas a público quienes estén insertos en centros comerciales o strip center bajo una misma razón social, existen otros puntos considerar por los dueños de establecimientos gastronómicos.
FERIADOS IRRENUNCIABLES POR ELECCIONES
Los centros comerciales y strip center administrados bajo una misma razón social o personería jurídica, deben permanecer cerrados desde las 21:00 hrs. del día anterior a la elección.
- Puede abrir el comercio que da a la calle. No obstante, los empleadores deben tener en consideración:
– El trabajador tiene derecho a ausentarse dos horas a fin de sufragar, sin descuento de su remuneración. Si este tiempo es insuficiente, la Dirección del Trabajo recomienda que el empleador y trabajador acuerden una modalidad y extensión del permiso.
– Se debe conceder permiso a quienes sean designados como vocal o presidentes/as de Mesas Receptoras de Sufragios, sin descuento en su remuneración.
- Existen multas para aquellos locales comerciales que abran debiendo estar cerrados y para los empleadores que no dejen ir a votar a sus trabajadores.
- La Ley Seca para los establecimientos que venden alcohol, comienza a las 05:00 am. del día la elección y termina dos horas después del cierre de las mesas de votación. Los locales que pueden abrir el día de la elección y que vendan alcohol, deben publicitar visiblemente que no se vende alcohol por elecciones.
FERIADOS IRRENUNCIABLES POR FESTIVIDADES
1 de mayo
18 de septiembre y 19 de septiembre
25 de diciembre
1 de enero de cada año.
Para el comercio en general o locales insertos en malls, el feriado comienza a las 21:00 hrs. del día anterior y termina a las 06:00 hrs. del día siguiente, salvo que los respectivos dependientes laboren en turnos rotativos de trabajo.
Para los Feriados Irrenunciables, pueden abrir los restaurantes, clubes, cafeterías y fuentes de soda. En definitiva, los establecimientos de entretenimiento tales como cines, espectáculos en vivo, etc.
*Deben recordar que a partir del 2016, sin perjuicio de lo señalado anteriormente, los trabajadores, cuya labor no esté afecta a un Feriado Irrenunciable, tendrán derecho a éste, a lo menos una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con él la rotación del personal necesario para éste fin.
*El Feriado Irrenunciable, no puede coincidir con el día libre del personal que no trabaje dicho feriado, y se deberá dar otro día como libre.