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CIRCULARES

ENTRA EN VIGENCIA LEY 21.327 QUE MODIFICA EL CÓDIGO DEL TRABAJO Y MODERNIZA LA DT

By Septiembre 30, 2021 No Comments

 

Les compartimos las modificaciones por la modernización de la Dirección del Trabajo que rigen a partir del 01 de octubre del 2021 (click aquí para ver ley).

Estas reformas, hacen referencia a los plazos para registrar movimientos de personal en el portal www.dt.gob.cl , lo que hace muy importante la entrega de la información oportuna para evitar multas asociadas a este tipo de infracción.

 

CONTRATO DE TRABAJO:

15 días calendario desde su celebración (ingreso del colaborador).

 

FINIQUITO

Causal “mutuo acuerdo de las partes”, “renuncia del trabajador” y “muerte del trabajador”: Dentro del plazo de 10 días hábiles (se considera el sábado como hábil) contados desde la separación del Trabajador.

Causal “caso fortuito o fuerza mayor”: Dentro del plazo de 6 días hábiles (se considera el sábado como hábil) contados desde la separación del trabajador.

Las demás causales de despido: Dentro del plazo de 3 días hábiles (se considera el sábado como hábil) contados desde la separación.

 

MULTAS

Las infracciones a este Código y sus leyes complementarias, que no tengan señalada una sanción especial, serán sancionadas de conformidad a lo dispuesto en los incisos siguientes, según la gravedad de la infracción.

 

Para la micro empresa, la sanción ascenderá de 1 a 5 unidades tributarias mensuales.

Para la pequeña empresa, la sanción ascenderá de 1 a 10 unidades tributarias mensuales.

Tratándose de medianas empresas, la sanción ascenderá de 2 a 40 unidades tributarias mensuales.

Tratándose de grandes empresas, la sanción ascenderá de 3 a 60 unidades tributarias mensuales.

 

En el caso de las multas especiales que establece este Código, su rango se podrá duplicar y triplicar, según corresponda, si se dan las condiciones establecidas en los incisos tercero y cuarto de este artículo, respectivamente y de acuerdo a la normativa aplicable por la Dirección del Trabajo.

 

Click aquí para ver presentación sobre la Ley 21.327.

 

Información proporcionada por Sibo
Asesores contables de Achiga – Asesoría contable y tributaria

www.sibo.cl

 

¡Un abrazo de todo el equipo!

 

 

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